jueves, 9 de febrero de 2023

Reto Módulo 1 - Curso fundamentos sobre la igualdad de trato y no discriminación

en febrero 09, 2023

 Hola a todos, 

Esta semana, en el Módulo 1, nos han propuesto un reto, el cual consiste en realizar una reflexión sobre algún tema en particular el cual contenga un ejemplo de discriminación.

Yo he decidido que voy a hablar sobre la discriminación que hasta hace poco, se hacía en el registro civil hacia las parejas de lesbianas y sus hijos. ¿Por qué? pues porque es un tema que me importa y me toca de cerca. 

Yo soy lesbiana, con pareja, sin hijos, y de momento no estoy casada, pero ¿qué pasaría si algún día mi pareja y yo quisiéramos tener hijos juntas sin estar casadas?. Pues por suerte, ahora no pasaría nada, podríamos hacerlo sin problemas gracias a la aprobación, el pasado día 22/12/2022, de la polémica "Ley Trans", que vela por la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBIQ+ . Digamos que aquel día, nos tocó la lotería a bastantes personas, pues dimos un paso muy grande en la lucha de nuestros derechos.

Ahora os voy a contar, todo lo que sucedía antes de la aprobación de esta ley, hace relativamente un rato, pasaban cosas como esta:

Si la conocida "ley trans", no hubiese sido aprobada, en el hipotético caso que mi pareja y yo, hubiésemos tenido un hijo juntas, sin estar casadas, en el registro civil solo se nos reconocería como madre a la gestante, la otra, como se dice irónicamente, solo pasaba por ahí, ningún reconocimiento. Si la madre no gestante,  hubiese querido ser reconocida como madre, tenía dos opciones, o bien, casarse con su pareja antes de que naciera el bebé, o después de nacer, empezar un farragoso tramite de adopción de ese bebé.

Y ahí estaba la discriminación, en este ejemplo tenemos una discriminación interseccional, primero, por ser lesbianas, segundo por ser mujeres y tercero por ser homosexuales. Ahora lo explico, es muy sencillo.

Imaginad el mismo caso, una pareja que quiere tener un bebé, sólo que esta vez, es una pareja heteronormativa, de un hombre y una mujer, que tampoco están casados. Ellos, sin embargo, llegado el momento de inscribir al bebé en el registro civil, no tendrían ningún tipo de problema, no se les exigiría ninguna prueba de paternidad, la presunción de paternidad los hombres la tienen asegurada y tampoco es un requisito obligatorio contraer matrimonio, simplemente se les inscribe como padre y madre en el registro civil y asunto solucionado, cero preguntas, como debe de ser.

¿pero por qué con las lesbianas no pasaba lo mismo? ¿veís la injusticia? Imagino las parejas de lesbianas que han pasado por esto, como se debían de sentir ante esta discriminación. Yo personalmente, tengo muchas amigas que querían tener hijos sin estar casadas, y al final han tenido que pasar por el aro de casarse para que todo esté "en orden" a la llegada de su primer bebé.

Además de negarles el reconocimiento filial, también se veían vulnerados otros derechos tan básicos como el disfrute de la baja de maternidad, pues solamente podría disfrutar de las 16 semanas, la madre gestante, la otra, nada.

Os adjunto un enlace de una noticia, para que podáis leer un caso Pilu y Noelia, una pareja de lesbianas a las que les sucedió todo esto que acabo de comentar:  

Lesbianas obligadas a casarse para inscribir a sus bebés en el Registro Civil: "Legalmente mi hija sigue sin ser mi hija" (eldiario.es) 

https://www.eldiario.es/sociedad/obligadas-casarse-inscribir-hijos-registro-civil_1_7853181.html

Desde el pasado día 22/12/2022 , gracias a la aprobación de esta ley, ya no tendrán que pasar más por esta pesadilla ninguna familia de lesbianas y ya no tendrán que casarse  "por imposición". Si alguien se casa, que sea porque lo desea, como todo el mundo. 

La Ley, anteriormente comentada, habla de esta manera sobre la filiación de los bebés de parejas de lesbianas no casadas:

Filiación de los bebes de parejas lesbianas no casadas

La ley incluye la modificación del artículo 120 del Código Civil, de manera que para la filiación no matrimonial bastará con que “en el momento de la inscripción del nacimiento”, el “padre o progenitor no gestante” haga una declaración conforme “en el correspondiente formulario oficial”. Esto, “lejos de consistir en una modificación meramente formal”, dice el texto, “supone la posibilidad, para las parejas de mujeres, y parejas de hombres cuando uno de los miembros sea un hombre trans con capacidad de gestar, de proceder a la filiación no matrimonial por declaración conforme en los mismos términos que en el caso de parejas heterosexuales”.

Hasta ahora, para que la pareja de la madre biológica pueda figurar como progenitora del bebé tiene que adoptarlo, lo que supone un tiempo de tramitación durante el cual la segunda madre o el segundo progenitor no tienen ningún derecho ni obligación con el niño o la niña, ni el pequeño sobre ellos


Y con esto, ya estaría hecha mi reflexión, no quiero extenderme más, pues creo que me he extendido demasiado, solo espero hacer reflexionar también a todo aquel que me lea y haya entendido y empatizado con esta problemática discriminación que veníamos sufriendo hasta hace muy poquito.


Un saludo a todos,


Esther C.M.





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